(15 días, siguientes a su recepción) es el mecanismo que toda persona tiene para presentar solicitudes respetuosas, ante las autoridades o ante ciertos particulares, con el fin de obtener una pronta solución sobre lo solicitado. El derecho de petición está consagrado en el artículo 23 de la constitución política, como derecho fundamental, por lo que hace parte de los derechos dela
persona, haciendo que su protección judicial sea inmediata a través de acciones como la de tutela.
Derecho de Petición de carácter general o particular
Requerimiento verbal o escrito, presentada de manera respetuosa sobre las actividades de carácter público, que sean de competencia de la universidad pedagógica y tecnológica de Colombia, ya sean de interés general o particular.
Derecho de Petición de consulta
(30 días, siguientes a su recepción). se entiende como aquella situación en la cual se requiere de parecer, dictamen o consejo, a funcionarios y /o dependencias de la Uptc, en razón de las materias a su cargo.
Derecho de Información de Consulta
Solicitud elevada con el propósito de que el funcionario de a conocer como ha actuado en un caso determinado o permita el examen de los documentos públicos, que tiene en su poder, o expida copia de los documentos que reposan en la oficina a su cargo.