Funciones
La Secretaría General de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, de conformidad con el Estatuto General, es una dependencia de la Rectoría y sus funciones y organización están determinadas en la Estructura Orgánica y en el Acuerdo No. 001 de 2018.
La Secretaría General de la Universidad realizará las siguientes funciones:
ARTÍCULO 5°.- SECRETARIA GENERAL. Son funciones de la Secretaría General, las siguientes:
a) Ejercer la función notarial de los documentos y títulos de la Universidad.
b) Coordinar, organizar y mantener el Sistema de Archivos Universitarios de la institución.
c) Notificar las providencias emanadas de la administración de la institución.
d) Acreditar a los miembros de los órganos colegiados de la Universidad que han sido seleccionados o elegidos por los diferentes estamentos universitarios como sus representantes.
e) Organizar y poner en marcha del Sistema de Quejas, Reclamos y Sugerencias.
f) Coordinar los procesos electorales conducentes a la designación de representantes ante las corporaciones Universitarias de la Institución, como Consejo Superior, Consejo Académico, Consejos de Facultad, Comités de Currículo, Comité Obrero Patronal, Comisión de Carrera Administrativa, Comité de Convivencia laboral, entre otros.
g) Divulgar las decisiones de carácter académico y administrativo que le sean delegadas por las autoridades superiores de la Universidad, y coordinar la elaboración y publicación de Acuerdos y normas universitarias.
h) Participar en el desarrollo de acciones de cooperación y concertación institucional de manera tal que se facilite la coordinación operativa y el sentido de pertenencia a la Institución en su conjunto.
i) Las demás que le sean asignadas en los reglamentos universitarios.
A su vez, tendrá las siguientes funciones como Secretaria del Consejo Superior:
a) Realizar la secretaría del Consejo Superior.
b) Citar a los integrantes del Consejo Superior a las sesiones ordinarias y extraordinarias, por orden del Presidente.
c) Elaborar y firmar las Actas de las Sesiones, registrando con fidelidad las deliberaciones y decisiones del Consejo Superior, guardando la debida reserva sobre las mismas.
d) Refrendar los Acuerdos que expida el Consejo Superior, así como los demás documentos y comunicaciones que se produzcan en el mencionado Consejo.
e) Responder por los archivos y Actas.
f) Radicar todo documento que se dirija al Consejo Superior.
g) Enviar con anticipación el Orden del Día establecido para las sesiones del Consejo Superior, acompañado con los documentos a tratar.
h) Notificar en los términos legales y reglamentarios, los actos que expida el Consejo Superior.